PREGUNTAS FRECUENTES

Si tiene cualquier duda no dude en consultar nuestra F.A.Q. (Preguntas Frecuentes) donde encontrará las cuestiones realizadas por la mayoría de los usuarios.

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RESIDENTES

Requisitos para adquirir las tarjetas de residente:

a) Acreditar, mediante certificación expedida por el Ayuntamiento, el empadronamiento dentro de la zona afectada por el estacionamiento controlado.

b) Acreditar la propiedad del vehículo para el que se solicita el distintivo, presentando el permiso de circulación del mismo. Asimismo deberá acreditar la domiciliación del vehículo en la zona afectada por el estacionamiento controlado.

c) Acreditar estar al corriente en el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Podrán obtener asimismo la tarjeta de residente, aquellos que se encuentren en los siguientes supuestos:

1º.- Las personas físicas que figuren empadronadas dentro del área de aplicación previsto en la presente ordenanza y que dispongan de un vehículo cedido por su empresa, bien sea propiedad de esta, o bien lo haya adquirido mediante la suscripción de un contrato de arrendamiento financiero (renting o leasing), siempre que esté autorizado por la empresa para hacer uso de dicho vehículo de manera única y exclusiva y fuera del horario de trabajo, extremo que deberá acreditar fehacientemente. Para ello deberá presentar junto con el resto de documentación que se señala en este artículo, la siguiente:

c) Documento suscrito por el representante legal de la empresa en el que se acredite que el solicitante es el único y exclusivo usuario del vehículo, y que está autorizado para disponer del vehículo fuera del horario de trabajo.
d) Fotocopias compulsadas del CIF de la empresa y del DNI del representante legal de la misma. En ningún caso se otorgará más de una tarjeta por vehículo.

2º.- Las personas físicas que dispongan de vehículos en modalidad de renting o leasing. Es necesario para la obtención de la tarjeta en ambos supuestos aportar, en su caso, la siguiente documentación:

• Fotocopia compulsada del pago del último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
• Fotocopia compulsada del permiso de circulación del vehículo para el que se solicita la tarjeta de residente.
• Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Huesca (este extremo será comprobado de oficio por los servicios municipales).
• Fotocopia compulsada de último recibo pagado del seguro del vehículo.
• Fotocopia compulsada de documentación acreditativa del contrato de arrendamiento financiero.

Únicamente podrá adquirirse un distintivo por vehículo y un máximo de dos vehículos por vivienda afectada por la zona de estacionamiento controlado. Para adquirir las tarjetas de estacionamiento sin limitación de hora será necesario estar empadronado en el municipio de Huesca, así como estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Huesca (este extremo será comprobado de oficio por los servicios municipales).

Tipos de tarjeta de residente

- Tarjeta de residente de clase A con un importe de 135 €. Esta tarjeta permite estacionar en las zonas de estacionamiento limitado sin límite de tiempo y sin necesidad de obtener tiques adicionales).

- Tarjeta de residente clase B con un importe de 40 €. Esta tarjeta obliga a obtener tiques adicionales con arreglo a los siguientes importes:

• Por tique de residente semanal 2 €
• Por tique de residente al día o fracción 0,35 €

En caso de primera adquisición o baja, el pago del distintivo de residencia será prorrateado por trimestres naturales.

Es indispensable que ponga su distintivo en un lugar visible en el parabrisas de su vehículo.

HORARIOS Y

TARIFAS

HORARIO REGULACIÓN ZONA AZUL

Lunes a Viernes:
09:00 a 14:00 h y 16:30 - 20:00 h

Sábados:
09:00 a 14:00 h

Excepciones:

Domingos y Festivos libres.

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ATENCIÓN AL

PÚBLICO

OFICINA DE ATENCIÓN
C/ Amistad nº 1
22003 Huesca
Tel. 974 234 244
orahuesca@empark.es

Horario de oficina: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:00 h. Sabados de 9:00 a 14:00h. (Se atiende desde las oficinas del depósito municipal).

Solo se acepta el pago bancario (no efectivo) en la oficina de la ORA y en el depósito municipal.